martes, 17 de febrero de 2015

CARRILES PARA CICLISTAS



Los carriles para ciclistas podemos definirlos cómo la infraestructura pública u otra área destinada de forma exclusiva o compartida para la circulación de bicicletas. Puede ser cualquier carril de una vía pública que ha sido señalizado apropiadamente para este propósito o una vía independiente donde se permite el tránsito de bicicletas.

Carril bici

Vía ciclista que discurre adosada a la calzada. Puede ser de un solo sentido o de doble sentido.
Fuente: http://noticiasdecamargo.es

Carril Bici Protegido

Carril bici provisto de elementos laterales que lo separan físicamente del resto de la calzada, así como de la acera. En este caso, así como en el anterior, se consideran parte de la calzada.

Acera Bici

Es la vía ciclista señalizada sobre la acera.

 Fuente: http://ecomovilidad.net

Pista Bici

Vía ciclista segregada del tráfico motorizado, con trazado independiente de las carreteras.


Senda Ciclable

Vía para peatones y ciclos, segregada del tráfico motorizado y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques.






www.aluanainfraestructuras.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario