jueves, 19 de febrero de 2015

REDUCTORES DE VELOCIDAD

Son elementos adicionales de seguridad activa en las infraestructuras y aunque no son absolutamente necesarios para que se dé la circulación sin ellos se haría muy difícil y, sobre todo, insegura. Su eficacia en algunos casos depende de su construcción y en otros se complementa con el buen uso por parte del usuario de la vía.




Existen ciertos puntos y tramos singulares en las vías donde se hace especialmente necesario el mantenimiento de una velocidad de circulación reducida y una especial atención en la circulación. Aunque la señalización es principalmente el medio utilizado para regular la velocidad, existen otros medios adicionales, como los reductores de velocidad. La experiencia en la utilización de dichos elementos hace conveniente su utilización bajo normativas que en España regula el Ministerio de Fomento (Orden FOM/3053/2008).

Los reductores de velocidad son dispositivos colocados sobre la superficie de rodadura con el fin de mantener una velocidad de circulación reducida a lo largo de ciertos tramos de vía. Podemos encontrarlos con frecuencia en las inmediaciones de intersecciones, en los pasos de peatones elevados u otros lugares susceptibles de peligro.

Podemos encontrar reductores de velocidad que consisten en elevaciones curvas del pavimento, también llamadas lomo de asno cuando su sección es circular y reductores de velocidad de sección transversal trapezoidal, que son las que se usan en los pasos de peatones elevados. Pueden ser ejecutados totalmente in situ o estar prefabricados.



En cuanto a los reductores de velocidad, el Ministerio de Fomento indica que la distancia entre ellos debe estar comprendida entre 50 m y 200 m, y se debe procurar no superar los 150 m (Orden FOM/3053/2008).



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